este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus TEOFILO SEGUNDO PEROZO PINEDA, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.087.880, con domicilio en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día 31 de mayo de 2012, a sus hijos ciudadanos JANETH MERCEDES PEROZO FERNANDEZ, LISBETH BEATRIZ PEROZO FERNANDEZ, ELVIS ALBENIS PEROZO FERNANDEZ y ROSANGEL YELITZE PEROZO FERNANDEZ, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.