Ahora bien, vista la solicitud realizada por los profesionales del derecho antes referido, y con fundamento a lo establecido en el articulo 13 del Código de Procedimiento Civil, al haber celebrado las partes de común acuerdo el presente Convenimiento con arreglo a la Equidad, y al encontrase la Juez del Tribunal de la Causa con quebrantos de salud este Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Paez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Ordena: Primero: librar Oficio a la Depositaria Judicial Santa Maria C.A., y remitir la presente Comisión dado el acuerdo celebrado por los abogados en ejercicio antes referidos. Siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), terminó el acto, dejando constancia que a la presente acta se anexan Copia Simple del Poder Judicial el cual fue debidamente confrontado con su Original y Copia simple de los instrumentos cambiarios presentados en concepto de.....