DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar a la penada: MARIBEL DEL CARMEN GUERRERO, venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 02-03-83, hija de ANTONIO GUERRERO y CIRA GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 19.749.323, con último domicilio conocido en Av. 33 (por las tuberías), Ciudad Ojeda, Estado Zulia, quien fue condenada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estup.....