DISPOSITIVA
En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, presentada por la ciudadana: ERAMA JAMMALI MALLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-13.916.623 a beneficio de la ciudadana LINDA KARAZ DE BESERENI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.618.046 de conformidad con los artículos 340 numeral 6° y 341 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN del Cheque de Gerencia N° 017117128939 girado contra la Cuenta 0134-0171-31-2120210001 del Banco Banesco, Banco Universal de fecha 29 de Octubre de 2021 por un monto de Cinco (5,00) Bolívares a favor de LINDA KARAZ, que se encuentran .....