Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación formulado por la ciudadana ANA MARÍA SALAS plenamente identificada en actas, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por el ciudadano FIDEL JOSE ROMERO en contra del ciudadano ANGEL ELIAS OVIEDO BRACHO.
Da por consumado el citado acto unilateral de desistimiento del recurso de apelación.
Se ordena remitir inmediatamente el presente expediente, al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
Queda de esta manera CONFIRMADO el auto apelado.
No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales.
REGISTRESE y PUBLIQ.....