PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano JUAN CARLOS OLIVO MELEAN, en contra de la Providencia Administrativa No. 281/13, de fecha 18/12/2013, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia Sede General Rafael Urdaneta, la cual declaró Con Lugar la solicitud de Calificación de Falta incoada por la Sociedad Mercantil PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A., contra el ciudadano JUAN CARLOS OLIVO MELEAN, en consecuencia se autoriza el despido justificado del recurrente; razón por la cual se declara NULA la referida providencia administrativa.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión, a la Procuraduría General de la República, según lo establecido en el artículo 100 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica; al ciudadano JUAN CARLOS OLIVO MELEAN; a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO JEFE DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, SEDE "GENERAL RAFAEL.....