Por los fundamentos ante expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, la presente solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE MORA AVILA y ANDREINA JARABA PORTELA, anteriormente identificados.
Publíquese y Regístrese, déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, sella y firmada en la Sala del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre de dos mil quince.- Años: 205° de la Independ.....