CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO FINOL RINCÓN. NULA la decisión de fecha 29 de julio de 2015 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, mediante la cual declaró improcedente in limine litis la demanda incoada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO FINOL RINCÓN contra la ciudadana MARÍA CONSUELO LUGO RINCÓN.