Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Extinción de la Acción Penal de la Causa y como consecuencia dicta el Sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 6° en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Pena, a favor de la ciudadana NAYIVIS CAROLINA MARTINEZ, Venezolana, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 30-09-1982, estado civil soltera, titular de la cedula de identidad No. V-17.412.558, de profesión u oficio Ama de casa, hijo de manifestó no haber conocido a su padre y de Matilde Martínez, residenciada en: Barrio la Gloria calle 158ª, casa Nº 46ª-93, San Felipe III, frente al modulo Cubano, invasión, frente a las Tostadas Teofilo, al lado del Barrio Negro Primero, teléfono: 0414-50.....