en este estado este tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por Autoridad de la Ley Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Decide y declara formalmente embargada ejecutivamente el bien inmueble señalado plenamente identificado con anterioridad en este mismo acto por la cantidad de TRECIENTOS QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES( 315,000,OO), suma decretada y lo pone en posesión del representante de la depositaria judicial ya identificado y juramentado; Así mismo no se presupone la desocupación del bien inmueble ( Embargo Ejecutivo), ya que le mismo seguirá siendo ocupada por la ciudadana Yamilet del Valle Andrade Soto, antes identificada.- De igual forma este tribunal ordena se oficie al registro respectivo, para que sea aceptada la nota marginal correspondiente se deja constancia que en la practica d.....