III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de mayo de 2018, por el abogado HELÍ ROMERO, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA TRINIDAD LEAL CAMUÑA, contra la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en fecha 28 de mayo de 2018, la cual declaró IMPROCEDENTE in limine litis la Acción de Amparo Constitucional propuesta
SEGUNDO: Se ADMITE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARÍA TRINIDAD LEAL CAMUÑA, debidamente asistida por el abogado ÁNGEL ENRIQUE MENDOZA, contra.....