DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000,oo).
II. DE LAS ADJUDICACIONES
En relación al bien inmueble descrito en el particular anterior, las partes expusieron la voluntad de la liquidación del mismo de la siguiente manera:
"El ciudadano WILLIAM JESUS SANDOVAL ANDAZOL antes identificado, conviene en CEDERLE a la ciudadana VIRGINIA ISABEL CABRALES LEIVA, igualmente identificada con anterioridad, el 50% de los derechos de propiedad que le corresponden sobre el inmueble descrito en el punto segundo de esta solicitud. En consecuencia queda en plena y absoluta propiedad de la ciudadana VIRGINIA ISABEL CABRALES LEIVA el 100% del inmueble constituido por una parcela de Terreno y las bienhechurias sobre ella construidas, signado con el N° 532 en la Calle 91-1, cuya nomenclatura municipal es 76-45, ubicada en el sector LOS MODINES, en Jurisdicción de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. (Sic), (omissis)..."
De esta manera los aludidos ciudadanos solicit.....