En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que se dio cumplimiento a la comisión, haciéndoles saber a las partes, del régimen de convivencia familiar, fijado por el Tribunal de la Causa, mediante sentencia interlocutoria No. 58, de fecha 13 de octubre de 2011, en beneficio del niño ANDRY JOSE ACOSTA MONTIEL.- Cumplida como ha sido la comisión conferida y por no haber mas diligencias que practicar se ordena la remisión de las presentes actuaciones originales con sus resultas al Juzgado de la Causa y a la mayor brevedad posible.- Certifíquese copias de las presentes actuaciones para ser archivadas en este Tribunal Ejecutor de Medidas.