DECISIÓN:
Este Juzgador determina del estudio de las Actas Procesales, que en atención al sagrado principio de la función del Juez y a fin de evitar la producción de sentencias contradictorias, y habiéndose sentenciado con lugar el Ofrecimiento Alimentario efectuado por el ciudadano JULIO RAMON RODRIGUEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 8.453.380 por ante el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, este Juzgador declara SIN LUGAR la acción propuesta como es la SOLICITUD DE PENSION ALIMENTARIA de conformidad 365 y 366 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente en concordancia con el articulo 369 ejusdem, en consecuencia, se suspende la Medida de Embargo decretada en contra del demandado y se ordena oficiar al Instituto Nacional de Canalizaciones Puerto Ordaz, Estado Bolívar, a fin de realizar lo consecuente; igualmente se remiten los títulos valores (cheques), a nombre de la ciudadana NOEMY D.....