En consecuencia, con fuerza en los argumentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas NIEGA las medidas solicitadas en el escrito cursante desde el folio 85 al folio 94, presentado por el abogado en ejercicio CÉSAR AUGUSTO PÉREZ RODRÍGUEZ, por cuanto se considera suficientemente salvaguardada la ejecución de la presente causa y que acordar una medida nueva sería excesivo. Es todo.-
El Juez Provisorio,
Abg. Gilberto José Cedeño Rivero.
La Secretaria,
Abg. Milagro Palma.
GJCR/MP/mjc
Exp. N° 16.348