Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: CONDENA al ciudadano CARLOS MANUEL GONZÁLEZ DE LA ESPRIELLA, colombiano, natural de Barranquilla, de 20 años de edad, Indocumentado, de profesión u oficio Gamucero, hijo de Carlos Manuel González y Victoria de la Espriella, residenciado en el Barrio Bolívar, Calle 17, Casa S/N, frente a la Ferretería La 3, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, teléfono 0412-7813585, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES DE PRISIÓN; en el Centro Penitenciario que determine el Juez de Ejecución, que le corresponda conocer de la misma, más las accesorias de Ley, previstas en los Artículos 16 y 34 de Código Penal y el Artículo 267 del Código Orgánico Pr.....