PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano RICHARD JOSÉ ECHETO MAS Y RUBÍ, Defensor Público Auxiliar con Competencia Plena a Nivel Nacional, encargado de la Defensoría Pública N° 20 adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en representación del ciudadano JUAN JOSÉ GONZÁLEZ PAZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión Nro. 786-17, dictada en fecha 09 de junio de 2017, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se decretó la aprehensión en flagrancia del mencionado ciudadano, en atención al artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 455 ejusdem; en perjuicio del ciudadano JAVIER CHACIN, de conformidad co.....