IV.-DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE por el valor de la demanda, el presente juicio de DESALOJO presentada por el abogado NEVIS TORCATT ARISMENDI, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana BETTY DEL CARMEN MARTINEZ SARMIENTO, en contra de la ASOCIACION CIVIL EDUCA 2016 (ACE2916), ya identificados; en consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA al Juzgado Distribuidor de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a los fines que siga conociendo de la presente causa.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión dictada.
REGÍSTRESE, DÉJES.....