"este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio a tenor de lo establecido en el artículo 185-A formulada por los ciudadanos WUILLIAMS JOSÉ MARIN GARZON y KARLI DEL VALLE RODRIGUEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-21.323.569 y V-19.435.023 respectivamente, por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo que se dan aquí por reproducidos íntegramente. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo conyugal que fuera contraído por los ciudadanos WUILLIAMS JOSÉ MARIN GARZON y KARLI DEL VALLE RODRIGUEZ GARCIA, en fecha dos (02) de agosto de dos mil trece ante la Prefectura del Municipio García del estado Bolivariano Nueva Esparta"