. En este Estado el ciudadano Juez procede a preguntar a la parte demandada en la persona del señor Carlos Tineo, lo siguiente: ¿Diga Usted si está realizando actos perturbatorios en contra del lote de terreno propiedad del señor Jesús León? No, señor; ¿Tiene usted señor Carlos Tineo algo personal en contra del señor Jesús Enrique León? No; ¿Los terrenos que ustedes ocupan y trabajan están realizando actividades agrícolas?; si de toda la vida, se pueden comprobar; Seguidamente, el ciudadano Juez Agrario en su condición de Director del Proceso, exhortó a las partes a la conciliación como mecanismo de solución alternativa del presente conflicto de acuerdo a lo pautado en el artículo 153 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por consiguiente, sírvanse informar al Tribunal si están de acuerdo en resolver amistosamente este juicio, de ser así, les agradezco manifestar a viva voz su voluntad de llegar a una conciliación en está Audiencia Preliminar. En este estado, se le concede la pala.....