PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto la profesional del Derecho VANDERLELLA ANDRADE BALLESTERO, Defensora Pública Trigésima Octava Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del acusado ELVIS VONS CARDENAS FERRER, en contra la decisión N° 048-13, dictada en fecha 30 de mayo de 2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual, se declara Sin Lugar la solicitud de Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al acusado de autos; y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 048-13, dictada en fecha 30 de mayo de 2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. TERCERO: Fija el lapso de noventa (90) días contados a partir de la fecha en que se dictó la recurrida que aquí se confirma, como término de prórroga d.....