DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por TACHA DE INSTRUMENTO PÚBLICO incoada por la ciudadana ZOILA MARGARITA MAVAREZ PÁEZ en contra de la ciudadana AMNY KARINA DEPOOL MAVAREZ, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: LA NULIDAD ABSOLUTA del documento otorgado ante la Notaría Pública Décima Primera de Maracaibo, en fecha dieciocho (18) de Septiembre de dos mil nueve (2009), anotado bajo el número 26, Tomo 111; y posteriormente registrado en fecha veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009); ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia;.....