DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Enfermedad Ocupacional sigue el ciudadano JOSE ALBERTO ALVAREZ CABRERA en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIAL REYES, C.A., (COMRECA)., ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: SE CONDENA a la Sociedad Mercantil COMERCIAL REYES, C.A., (COMRECA)., a cancelar al actor ciudadano JOSE ALBERTO ALVAREZ CABRERA, la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 15.000,oo), por concepto de Daño Moral tal y como se especificó en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: SIN LUGAR EL LLAMAMIENTO DE TERCERO INTERVINIENTE, ESTAR SEGUROS, S.A., (antes denominada ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS VENEZUELA, S.A).
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