DISPOSITIVA Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de de Primera Instancia en Función de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-19.122.954, de 20 años de edad, por haber nacido en fecha 16/12/85, soltero, hijo de Carlos Alfredo Lemus Aguilera y Zuleima Wilson, domiciliado en el Caserío El Limón, Calle Principal, casa sin número, Quiriquire Estado Monagas, por no haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la participación del mismo en los hechos, por los cuales se le acusó, como es el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, vigente al momento de los hechos, cometido en perjuicio de los ciudadanos AL.....