En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE terreno donde esta construido dicho galpón, está situado en la avenida 58, antes circunvalación N° 2, en jurisdicción de la actual parroquia Cristo de Aranza, del municipio Maracaibo del estado Zulia y el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: inmueble propiedad de José Walo Báez, mide ciento veinticinco metros (125 mts); SUR: inmueble propiedad de Alfonso Rodríguez, mide ciento treinta y ocho metros con treinta y cinco centímetros (138,35 mts); ESTE: su frente, avenida 58, antes circunvalación N° 2, mide cincuenta y un metros (51mts); OSTE: terrenos del antiguo hato el rincón de Alfonso Rodríguez, mide cuarenta y cuatro metros (44mts), todo lo cual encierra una superficie de seis mil doscientos cincuenta y cuatro metros (44 mts), todo .....