Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos RAFAEL ALEXANDER NAVAS ARTEAGA y ANDREÍNA INES PIRELA GONZALEZ en fecha quince (15) de julio de dos mil cuatro (2004) por ante el Jefe Civil y Secretario, respectivamente, de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como se evidencia de acta de matrimonio No. 194 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-