el Tribunal declara la Ejecución Forzosa de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14 de Febrero de 2014, y de conformidad con el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 524 ejusdem, se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la demandada Sociedad Mercantil MULTITIENDAS MILENIO C.A. Sociedad domiciliada en la Ciudad de Maracaibo estado Zulia, originalmente denominada GRUPO MILENIO C.A. (GRUMILCA), inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 18 de marzo de 2005, anotada bajo el Nº 39, Tomo 21-A, cuyo cambio de denominación consta en Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 15 de junio de 2006, inscrita en la prenombrada Oficina de Registro en fecha 15 de junio de 2006, bajo el Nº 11, Tomo 49-A, y el ciudadano SAMER BOUDAKKA EL SAFADI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.765.979, del mismo domicilio, en su.....