JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de Junio de 2014
204º y 155º
Vista la diligencia de fecha 12 de Junio del presente año, presentada por el abogado en ejercicio RICARDO ANDRES CRUZ BAVARESCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.890, actuando con el carácter de apoderado judicial y representación de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., y por cuanto el Tribunal constata el vencimiento del término concedido a la parte demandada para el cumplimiento voluntario fijado por este Tribunal en auto de fecha 02 de Mayo de 2014, el Tribunal declara la Ejecución Forzosa de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14 de Febrero de 2014, y de conformidad con el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 524 ejusdem, se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la demandada Sociedad Mercantil MULTITIENDAS MILENIO C.A. Sociedad domiciliada en la Ciudad de Maracaibo estado Zulia, originalmente denominada GRUPO MILENIO C.A. (GRUMILCA), inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 18 de marzo de 2005, anotada bajo el Nº 39, Tomo 21-A, cuyo cambio de denominación consta en Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 15 de junio de 2006, inscrita en la prenombrada Oficina de Registro en fecha 15 de junio de 2006, bajo el Nº 11, Tomo 49-A, y el ciudadano SAMER BOUDAKKA EL SAFADI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.765.979, del mismo domicilio, en su condición de fiador solidario, respectivamente; hasta cubrir la cantidad de CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA BOLÍVARES CON SEIS CÉNTIMOS (Bs. 5.141.170,06), que es el doble de la cantidad condenada por sentencia a pagar.- Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES CON TRES CÉNTIMOS (Bs. 2.570.585,03), que es la cantidad condenada por sentencia a pagar.- Dejándose a salvo los derechos de terceros. Se comisiona suficientemente para la ejecución de la medida decretada a CUALQUIER ÓRGANO DISTRIBUIDOR DE LOS JUZGADOS DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DEL LUGAR DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DONDE SE ENCUENTREN LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES PERTENECIENTE A LA SOCIEDAD MERCANTIL MULTITIENDAS MILENIO C.A., ORIGINALMENTE DENOMINADA GRUPO MILENIO C.A. (GRUMILCA), Y DEL CIUDADANO SAMER BOUDAKKA EL SAFADI.- Líbrese despacho.- Quedando anotada bajo el No.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. CLAUDIA ACEVEDO

En la misma fecha, se libro despacho de comisión con oficio No. 0653-2014.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. CLAUDIA ACEVEDO







MRAF/jspl.-









ÓRGANO DISTRIBUIDOR DE LOS JUZGADOS DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DEL LUGAR DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DONDE SE ENCUENTREN LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES PERTENECIENTE A LA SOCIEDAD MERCANTIL MULTITIENDAS MILENIO C.A., ORIGINALMENTE DENOMINADA GRUPO MILENIO C.A. (GRUMILCA), Y DEL CIUDADANO SAMER BOUDAKKA EL SAFADI.- Líbrese despacho.- Quedando anotada bajo el No.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. CLAUDIA ACEVEDO

En la misma fecha, se libro despacho de comisión con oficio No. 0653-2014.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. CLAUDIA ACEVEDO










MRAF/jspl.-