Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Privado Dr. Carlos Acosta, y mantiene la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad al acusado JOHAN SANCHEZ, debidamente identificado en actas. Se Decreta prorroga a los fines de llevar a efecto juicio oral y público de OCHO (08) MESES contados a partir del día 03 de marzo de 2009 con vencimiento el día 03 de Noviembre de 2009. Se fija el acto de juicio oral y público para el día 06 de Julio del año 2009 a las 11:00 de la mañana. De conformidad con el articulo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan las partes presentes notificadas de la presente decisión. Reg.....