En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Resolución del Contrato de Arrendamiento interpuesta por la Dra. ALICIA CAROLINA GUILARTE ROSAS, apoderada judicial de la ciudadana GLICERIA HERNÁNDEZ de TINEO, de nacionalidad Española, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 529.882, de este domicilio, contra el ciudadano TOMAS ALBERTO HERRERO TARRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.202.292, por haber dejado de cancelar de forma continua y sin justificación alguna los cánones de arrendamiento correspondientes. En consecuencia, se ordena al demandado TOMAS ALBERTO HERRERO TARRE, la desocupación y entrega inmediata del inmueble arrendado constituido por un Local Comercial distinguido con el N° 81-C, ubicado en la Planta Baja del Edificio del Centro Comercial Caribbean Center Mall, Tercera y Cuarta Etapa de la ciudad de Porlamar, Jurisdicción del Municipio Mariño del E.....