Dispositivo
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• Se CONFIRMA, la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 27 de mayo de 2005, que declaró la INADMISIBILIDAD de la acción de amparo incoada por la profesional del derecho BETTY LEAL VIELMA en representación de los ciudadanos KENEDY JOSÉ RINCÓN ZAMBRANO y GUSTAVO ADOLFO CONTRERAS GARCÍA, en contra de la ciudadana NORYS DUGARTE.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil.....