Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: LA NULIDAD ABSOLUTA de la acusación presentada por la Fiscalía Decima Octava (18°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, por los argumentos explanados en la parte motiva del fallo; SEGUNDO: REPONE la causa a la fase de investigación, a fin de que la Fiscalía Decima Octava (18°) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, presente un nuevo acto conclusivo, dejando a salvo y manteniendo incólume las diligencias de investigación efectuada por el Ministerio Público, todo en resguardo del derecho a la defensa del imputado de autos, previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezu.....