Transcurrido el lapso correspondiente para que los demandados se dieran por citado, la parte actora solicitó se designe Defensor Ad-Litem, ordenado por el Tribunal en fecha primero (01) de marzo de 2017, designando al abogado en ejercicio JESUS CUPELLO, inscrito en le Inpreabogado bajo el No. 130.325, quien fue notificado y juramentado en fecha quince (15) de marzo de 2017, y posteriormente citado en fecha diecisiete (17) de abril del mismo año.
Ahora bien, encontrándose la causa en la etapa antes dicha, las partes debidamente facultados, en la fecha indicada al inicio de la presente resolución realizan el convenimiento antes determinado, considerando este Juzgador que el acto al que se refiere va dirigido a dirimir la controversia en forma de autocomposición procesal, y en observancia que el mismo no es contrario a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres, la encuentra conforme en los términos precedentemente explicitados, y de conformidad con el Artículo 363 del Código .....