En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por JOSEFA REAL HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el numero 69.770, actuando en su carácter de representación judicial de la parte demandada de la sentencia publicada en fecha 24 de abril del año 2013.