Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana LOURDES TIBISAY DOMINGUEZ PEÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-10.271.261, ASISTIDA por el Abg. DANIEL ESPINOZA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 130.139 contra el ciudadano, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LONGAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-12.577.193, REPRESENTADO por el Defensor Judicial, Abogado, José Agustín Brito, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.820, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida a Abandono Voluntario. En consecu.....