Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO O REGIMEN ABIERTO, al penado JUAN CARLOS FLORIDO FRANCO, titular de la cedula de identidad Nº 20.725.488, venezolano, fecha de nacimiento 22-02-1989, de 20 años de edad, soltero, hijo de Neglis Florido y Maria Franco Villalobos, residenciado en el Sector 18 de Octubre, Avenida 02 con calle F, No 1-195, Maracaibo, Estado Zulia, venezolano, fecha de nacimiento 22-02-1989, de 20 años de edad, soltero, hijo de Neglis Florido y Maria Franco Villalobos, residenciado en el Sector 18 de Octubre, Avenida 02 con calle F, No 1-195, Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de SEIS (06).....