PRIMERO: Admite a Trámite el presente Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Dr. Eduardo Osorio, Fiscal Trigésimo Primero del Ministerio Público en contra de la sentencia No. 24-06 de fecha 30-03-06 dictada por el Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la audiencia oral y reservada, la cual se llevará a cabo en la sexta audiencia computada, contada a partir de la presente admisibilidad, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.). Así se decide.