Este Tribunal DECLARA: PRIMERO: Visto lo solicitado por la parte actora ejecutante de la medida, en la persona de su apoderado judicial, abogado en ejercicio CESAR ALLAN NAVA ORTEGA, plenamente identificado en actas, SE ABSTIENE de ejecutar la medida de embargo preventivo exhortada y ordena la reserva del presente Despacho de Exhorto, conforme fue solicitado por el referido apoderado judicial actor.-