III.- Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara CON LUGAR la conversión de la separación de cuerpos en divorcio. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos MARYORIE ISABEL SALAZAR GUDIÑO y RICARDO ENRIQUE RAMOS MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-14.206.482 y V-17.584.679, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha siete (07) de octubre de 2012, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 300, emanada del Registro Civil de la Parroquia Juana de Avila del municipio Maracaibo del estado Zulia, acompañada a los autos......