Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Este Tribunal Homologa el presente Desistimiento, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena desglosar los originales solicitados, dejando en su lugar copia certificada de los mismos, e igualmente expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas
Archívese el presente expediente..
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En Porlamar, a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos m.....