REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA VILLALBA, TUBORES Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPPCION JUDICIAL, DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA
201º y 153º

N° 382-12

IDENTIFICACION DE LA PARTE SOLICITANTE:
LUIS RAFAEL HERRERA MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V. 14.078.620, de estado civil soltero, domiciliado en Valencia Estado Carabobo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 122.053, actuando en su condición de apoderado Judicial de la ciudadana LUISA VARESANO DE STRIPPOLI, venezolana mayor de edad, de estado civil viuda, domiciliada en el Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.
MOTIVO DE LA SOLICITUD: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.-

BREVE RESEÑA DEL PROCESO:
La presente solicitud de Titulo Supletorio fue presentada por ante el Juzgado Distribuidor de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, por LUIS RAFAEL HERRERA MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro V.- 14.078.620, domiciliado en Valencia Aquí en transito, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 122.053, representando a la ciudadana LUISA VARESANO DE STRIPPOLI, identificada con la cédula de identidad Nro V.- 11.356.012, en la cual expone lo siguiente:
Que para fines que le interesa con relación a las mejoras y bienhechurias que la ciudadana antes mencionada construyó en una parcela de su propiedad el cual consta mediante según documento protocolizado por ante la oficina Inmobiliaria de Registro Publico del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, de fecha 02 de Febrero de 2.007, bajo el Nro 10, Tomo 15, Protocolo Primero, Folio 51 al 56 ambos inclusive, Primer Trimestre del año 2.007, constante de un área total de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON
NOVENTA Y DOS DECIMETROS (Bs.799,92 Mtrs2), se construyo con dinero de su propio peculio constante de un área total de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS (799,92 m2), dicha parcela de terreno se encuentra ubicada en la siguiente dirección esquina calle Martínez con calle San Nicolás, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta; colinda con el NORTE con terrenos que son o fueron municipales SUR: Con la calle San Nicolás, ESTE: Es su frente que es la calle Martínez y OESTE; Con terrenos que fueron de la municipalidad, dichas bienhechurías y mejoras están constituidas por un CONJUNTO DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS, QUE CONSTAN DE DOS (2) NIVELES: Planta Baja y Planta Alta ambas plantas en su estructura están construidas con elementos metálicos de tipo estructural IPE en vigas de carga sísmica en entrepiso y techo en laminas de LOSACERO y elementos metálicos HEA en columnas, reforzando los nodos del diagrama de esfuerzos con cartelas de mismo material, paredes de bloque de arcilla, friso liso, piso de cerámica, con puertas de madera y vidrio y ventanas de vidrio en marco de aluminio; La planta baja esta constituida por una sala de espera dos (02) baños públicos, un (01) cuarto de aseo, un (01) Área de ventas de boletos un (01) área de administración, un (01) cuarto de maletas, un (01) baño de empleados, un )01) cafetín dos (02) habitaciones de conductores cada uno con su respectivo baño, un (01) cuarto de hidroneumáticos, un (01) deposito de basura y dos (02) Locales comerciales cada uno de ellos con baño y deposito pequeño, un deposito de área común dos áreas de escaleras, la de acceso a las habitaciones y escalera de acceso, apartamento residencial un (01) pasillo de entrada al terminal, un (01) área de entrada y salida de buses, una (01) plaza del terminal.
La planta alta, dicha planta esta constituida por seis (06) habitaciones de hospedaje con un baño respectivamente, un (01) cuarto de lavandería, un (01) cuarto de lencería, un (01) deposito, un (01) apartamento residencial (el cual se específica mas adelante) y un pasillo de circulación.
Distribución hecha en cada planta.
Planta Baja: consta de una (01) Sala de espera tiene dimensiones promedio de 20,30 x 5,15 m, para un área total de 104,61 m2. Dos (02) baños públicos; el baño publico de damas tiene dimensiones promedio de 4.45 x 2,60m, para un área total de 12,71 m2, el baño publico de caballeros tiene dimensiones promedio de 4.45 x 2,60 m, par un área total de 12,71, m2, un (01) cuarto de aseo que tiene dimensiones promedio de 1,20 x 2,10 m, para un área total de 2,52 m2 un (01) área de administración y venta de boletos que tiene dimensiones promedio de 4,15 x 5,40 m, para un área total de 22,59 m2, esta área consta además de un (01) cuarto de maletas, un (01) baño de empleados, una (01) oficina de administración y una (01) taquilla de ventas de boletos. La planta baja consta de un (01) cafetín que tiene dimensiones promedio de 3,50 x 6,75 m, para un total de 23,62 m2. Existen dos (02) habitaciones de conductores; La habitación de conductor 01 tiene dimensiones promedio de 3,60 x 4,70 m, para un área total de 16,86 mtrs 2, posee un baño independiente. La habitación de conductor 02 tiene dimensiones promedio de 3,60 x 4, 70 x para un área total de 16,86 m2 posee un baño independiente. El nivel Planta Baja consta de un (01) cuarto de hidroneumático que tiene dimensiones promedio de 2.15 x 1,05 m, para un área total de 2,30 m2. Un (01) deposito de basura que tiene dimensiones promedio de 1,90 x 2,00 m, para un área total de 3,59 m2 Dos (02) locales comerciales. El local comercial tiene dimensiones promedio de 4,50 x 3,65 m, para un área total de 18,62 m2, posee un baño independiente y deposito bajo la escalera. Un (01) deposito de área común que tiene dimensiones común que tiene dimensiones promedio de 2,00 x 1,75 m, para un área total 3,62 mtrs2, dos (02) áreas de escaleras distribuidas de la siguiente manera: Escalera de acceso habitaciones y escalera de acceso apartamento residencial. La primera de las señaladas es decir escalera de acceso habitaciones tiene dimensiones promedio de 6,30 x 1,50 m, para un área total de 9,02 m2. La segunda, escalera de acceso apartamento residencial tiene dimensiones promedio de 4,60 x 1,05 m, para un área total de 4,83 m2. Un pasillo de entrada al terminal que tiene dimensiones promedio de 11.15 x 10,50 m, para un área total de 112,87 m2, un (01) área de entrada y salida de buses, que tiene dimensiones promedio de 20,30 x 10,50 m, para un área total de 213,89 m2, una plaza del terminal que tiene dimensiones promedio de 9,25 x 9,25 m, para un área total de 85,94 mtrs2, se observa que al planta baja posee en total 881,42 m2 de construcción.
El nivel planta alta: consta de seis (06) habitaciones de hospedaje, distribuidas de la siguiente manera: La habitación de hospedaje 01 tiene dimensiones promedio de 3,50 x 5,40 m, para un área total de 18,89 m2, posee un baño independiente. La habitación de hospedaje 02 tiene dimensiones promedio de 3,50 x 5,40 m, para un área total de 18,89 m2 posee un baño independiente. La habitación de hospedaje 03 tiene dimensiones promedio de 3,50 x 5,40 m, para un área total de 18,89 m2 posee un baño independiente. La habitación de hospedaje 04 tiene dimensiones promedio de 3,50 x 5,40m, para un área total de 18.89 m2 posee un baño independiente. La habitación de hospedaje 05 tiene dimensiones promedio de 3,50 x 5,40 m, para un área total de 18,89 m2 posee un baño independiente. La habitación de hospedaje O6 tiene dimensiones promedio de 3,50 x 5,40 m, para un área total de 18,89 m2 posee un baño independiente. El nivel planta alta posee además un (01) cuarto de lavandería y colchones y área común que tiene dimensiones promedio de 6,30 x 5,40 m, para un ara total de 34,01mtrs2. Consta de un apartamento residencial distribuido de la siguiente manera: tiene dimensiones promedio de 7,35 x 13,40 m, para un área total de 98,59 m2. El apartamento residencial consta de dos (02) habitaciones, dos (02) baños, una (01) sala, una (1) cocina, un (01) comedor y (01) área de terraza. El nivel planta alta posee un (01) pasillo de circulación que tiene dimensiones promedio de 27,00 x 1,85m, para un área total de 49,79 m2, se observa que la planta alta posee en total de 295,73 m2 la bienhechurías y mejoras hechas por alcanzan un total en área de construcción de 1.177,15 m2.
Mediante sorteo de fecha 26 de Marzo de 2012, le corresponde conocer de la presente solicitud de titulo supletorio de propiedad a favor de la ciudadana LUISA VARESANO DE STRIPPOLI, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro V.- 11.356.012.-
Una vez consignados los recaudos por la solicitante, en consecuencia este Tribunal procede admitir la presente solicitud, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente al de hoy a fin de evacuar a los ciudadanos YOGLY JOSE GOMEZ y MARIBEL MARGARITA MAITA, quienes son venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédulas de identidad Nro V.- 16.658.065 y V.-12.255.195 respectivamente a las 10:00 y 10:30am.-
Siendo la fecha y la hora fijada por el Tribunal pasa a interrogar a los ciudadanos testigos YOGLY JOSE GOMEZ y MARIBEL MARGARITA MAITA, venezolanos, mayores de edad identificados con las cédulas de identidad nros.- V.-16.658.065, V.-12.255.195, respectivamente quienes aparecen serios y contestes al aseverar que conocen de vista, trato y comunicación a la ciudadana LUISA VARESANO DE STRIPPOLI, identificada con la cédula de identidad nro V.- 11.356.012, que construyó con dinero de su propio peculio las bienhechurias realizadas en la parcela de su propiedad ubicada en la siguiente dirección esquina calle Martínez con calle San Nicolás, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, cuyas características y demás determinaciones se encuentran ya señaladas
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y no habiendo oposición alguna, declara las presentes actuaciones como TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, en beneficio de la ciudadana LUISA VARESANO DE STRIPPOLI, identificada con la cédula de identidad Nro V.- 11.356.012, todo de conformidad con lo dispuesto en la norma del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, quedando, en todo caso, a salvo los derechos de terceros, tal y como lo señala la precitada norma.
Tómese nota de la decisión en el Libro Diario llevado por este Juzgado y devuélvanse las actuaciones a la solicitante, así como también expídase por secretaria copias certificadas.-
Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada de todo lo actuado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipios Mariño, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En la Ciudad de Porlamar, a los diecisiete días (17) días del mes de Abril del año Dos Mil Doce (2.012). Años 201º de la Independencia y 153 de la Federación.-
EL JUEZ,

Dr. JUAN JOSÉ ANUEL VALDIVIESO.


LA SECRETARIA,

Abg. YANETTE GONZALEZ GONZALEZ
En esta misma fecha (17-04-2.012 ), siendo las __10:45 am, y previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA ,

Abg. YANETTE GONZALEZ GONZALEZ
JJAV/YGG/ttp.-.
Expediente Nº382-12