DECLARA:
? Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Obligación Alimentaría de fecha 10 de Abril de 2006, celebrado por los ciudadanos MARIBEL MEJIA y SAMUEL SEGUNDO MENDOZA, antes identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento trascrito en la parte narrativa de esta decisión.
? Oficiar a la empresa de transporte "REMOR FARAONE", a los fines de informarles la suspención de la medida preventiva de embargo decretada por este Tribunal en fecha 07 de Marzo de 2006, y ejecutadas por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 17 de Marzo de 2006, con excepción del VEINTE POR CIENTO (20%) de las cantidades por concepto de prestaciones sociales que le pueda corresponder al ciudadano SAMUEL SEGUNDO MENDOZA, en el caso.....