Este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Administrando Justicia; se declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la presente demanda, ANA INCIARTE, en contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVA EDUCATIVA (INCE), y declina la competencia, conforme al criterio jurisprudencial antes asentado, en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo Región Occidental. Líbrese oficio de remisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.