JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el profesional del derecho GERARDO RAMIREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ENTIDAD DE TRABAJO ANGORA IMPORT C.A.,en contra de la decisión de fecha 03 de marzo de 2.017, dictada por el JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. 2.- SE CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado a quo, de fecha 03 de marzo de 2017, que oyó en un sólo efecto el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en fecha 02/03/2017.