En consecuencia, esta Jueza del Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, conforme con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 44 de la Ley Sobre Procedimientos Espaciales en Materia de Protección Familiar de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo parcial suscrito, teniéndose como asunto pasado, con autoridad de cosa juzgada. En virtud del acuerdo y su respectiva homologación no se le pone fin al proceso, por cuanto corresponde al Tribunal de Juicio decidir el fondo del asunto.