DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN de la Particiòn de bienes de la comunidad conyugal, celebrada entre las partes. En consecuencia se declara: 1) Que la ciudadana MIREYA DEL CARMEN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.450.123, queda como la única propietaria del bien inmueble ubicado en la calle Guevara y lira cruce con calle Rivas del Barrio los Cerritos de la ciudad de Caripito del municipio Colon del Distrito Bolívar del Estado Monagas, protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Bolívar del Estado Monagas en fecha 31/03/1.982, bajo el N° 8, folios 12 al 13 y vto, protocolo primero. Líbrese oficio a la Oficina de Registro.....