En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 12 de enero de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.