Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en los Artículos 255 y 788 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 173 y 186 del Código Civil, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA PARTICION CONYUGAL (AMISTOSA) presentada por los ciudadanos LUIS ANGEL BRAVO BRACHO Y MILAGROS COROMOTO ARRIETA VIRLA , anteriormente identificados, por ante este Tribunal mediante escrito de fecha 01 de Febrero de 2011, de conformidad con lo previsto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil y co.....