Pos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta el archivo de las actuaciones concernientes a la causa incoada contra el ciudadano: JOSÉ LUIS TERAN BARRIOS, titular de la cédula de identidad V-5.789.543.SEGUNDO: Decreta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas al ciudadano en referencia, así como también la condición de imputado. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Particípese a las partes. Remitáse al archivo judicial vencido el lapso legalmente establecido. Cúmplase.