En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la potestad jurisdiccional atribuida por el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: PERIMIDA la instancia en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, fue incoado por los abogados en ejercicio JAIME JOSÉ BRANDAO PARTIDAS y BETHANIA ANDREINA BRANDAO BECERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.016.606 y V-20.860.611, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 180.671 y 204.998 respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana JANET COROMOTO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.305.597, domiciliada en el municipi.....